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Ciudadanos por Jávea denuncia que el nuevo Plan General haga urbanizable el poblado de la Granadella

26 de mayo de 2023 - 00:24

La sesión plenaria celebrada en el Ayuntamiento de Xàbia este jueves, la última de esta legislatura, llevaba en el orden del día aprobar la documentación adicional a la Propuesta del Plan General Estructural de Xàbia a efecto de emisión de la Declaración Ambiental Territorial Estratégica (D.A.T.E.)

Una decisión que sólo ha contado con los votos a favor del PSPV, mientras que Compromís se ha abstenido y Ciudadanos por Jávea, Partido Popular y el concejal no adscrito han votado en contra. El motivo de esta contrariedad de voto y no apoyar la aprobación del Plan General por parte de la oposición se debe a que según han indicado las formaciones políticas, "el poblado de la Granadella deja de ser Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ecológica-Paisajística para ser reclasificado a Suelo Urbano".

Ante este hecho, el edil de Ciudadanos por Jávea (CpJ), Juan Ortolá, lo ha denunciado y ha manifestado que trasladará a Conselleria su postura para que se pronuncie sobre este hecho y tome las consecuencias jurídicas. Asimismo, la intervención ha sido la siguiente.

Comunicado Oficial de CpJ sobre la Reclasificación del poblado de la Granadella en el PGE

En la propuesta de PGE aprobada por el grupo Socialista con el voto en contra de los partidos de la oposición (PP. CPJ, Compromís y Ciudadanos) aparece el poblado de la Granadella como RESIDENCIAL NUCLEO HISTÓRICO – ZUR-RE-NHT (Zona Urbanizada Residencial-Núcleo Histórico Tradicional). Densidad Alta.

En esta propuesta de Plan General Estructural, en la definición de la zona dice : “esta zona se considera integrada en la zona urbanizada residencial Casco Urbano (ZUR-RE 1)”. Que deberá redactarse un "Plan Especial de protección con un programa de paisaje: Imagen Urbana (ordenación del borde urbano y urbanizable/ Núcleos Históricos de Xàbia)".

Resulta cuando menos curioso que para proteger (como dicen en el PGE) un Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ecológica-Paisagística, se reclasifique a URBANO. Tan curioso como que en el punto 1.3.7.2. “Suelo urbano propuesto” se justifique la inclusión del “Nucleo Histórico de la Granadella atendiendo que se trata de uno de los tres núcleos históricos de Xàbia (La Vila, Duanes y la Granadella)”.

El poblado de la Granadella es un suelo protegido en el PGOU 90-91 por sus valores a preservar, suelo que cumple los requisitos de la Directiva Europea 92/43/CEE, y que ha supuesto que sea considerado Lugar de Interés Comunitario LIC. Suelo que en ningún caso ha perdido los valores medioambientales que supusieron su protección y que por lo tanto sería ilegal reclasificarlo como urbano, tal y como se pretende en la propuesta aprobada por el grupo socialista.

El poblado de la Granadella está situado al final de la vertiente (vessant) de la Granadella. Está afectado por peligro de inundaciones?. El estudio de inundabilidad del Plan General Estructural lo ha tenido en cuenta?. Se puede reclasificar un suelo que puede estar afectado por peligro de inundaciones?.

La solución a la preservación de la Granadella ha de ser real y basada en un Plan Integral de Actuación Medioambiental, recuperando la fisonomía del poblado original y actuando sobre las infracciones no prescritas. Siempre que lo que se busque sea la conservación de un paraje natural.

El poblado de la Granadella ya tiene el régimen adecuado de protección que le otorgó el Conseller de Obras Públicas, Urbanismo i Transportes el 8 de Marzo de 1991, SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN ECOLÓGICA-PAISAJÍSTICA. Lo que hay que hacer es respetarlo y no amparar con la reclasificación a urbano las reformas y nuevas construcciones ilegales que destruyen la esencia del poblado.

Nos encontramos ante una propuesta de Reclasificación a Urbano de un Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ecológica-Paisajística, en un área en la que concurren diferentes y confusas previsiones urbanísticas entre las que hay que destacar que al reclasificado suelo urbano de la calle Tio Catalá se le ha previsto un ámbito de Plan Especial que excede del área del B.R.L. (Bien de Relevancia Local) y que se extiende a una parte del diseminado sin que se justifique ni quede claro las consecuencias jurídicas que de tal ampliación se va a derivar para esos terrenos y las viviendas que ahí se encuentran.

Las reglas han de quedar meridianamente claras para que no haya margen para la discrecionalidad de quien haya de aplicar el Plan. Por todo ello, solicitamos a la Consellería de Política Territorial, Obres Públiques i Mobilitat como Órgano Ambiental, pronunciamiento expreso sobre la posibilidad de Reclasificar a Urbano un suelo cuya clasificación actual es Suelo No Urbanizable de Especial Protección Ecológica-Paisajística, y consecuencias jurídicas en su caso de los distintos regímenes de protección.

2 Comentarios
  1. Se armó el belén. dice:

    A ver, que a buen seguro esto la Justicia ya les tiene calados, es custión de tiempo empezar a leer titulares sabrosos.
    Cuanta canallesca hay en este Pueblo!!!!!
    A paladas oiga, a paladas!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  2. Suciatas de los OO dice:

    El ecologismo de los suciatas, con los verdes callaos.

    Lo mismo lo hacen los otros, y se monta la de Dios.


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