Xàbia junto con el gobierno autonómico anunciaron la construcción de 82 viviendas de protección pública en la localidad que forma parte del Plan Vive. Aunque dicho anuncio ha supuesto diversas críticas por el tamaño de las viviendas o la cantidad que se destinarán a vivienda social, lo cierto es que para optar a la adjudicación de una de ellas, las personas interesadas deben inscribirse en el Registro de Demanda de Vivienda de la Comunitat Valenciana mediante tramitación online.
La inscripción está abierta de forma permanente y la gestiona la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda. Asimismo, la inscripción tiene una vigencia de dos años desde la fecha de alta y deberá renovarse dentro de ese plazo.
El hecho de inscribirse no supone un derecho de adjudicación ni efectos civiles o mercantiles frente a terceros; simplemente es un requisito previo para participar en procedimientos de adjudicación de vivienda protegida.
Requisitos para la inscripción
- El representante debe ser mayor de edad o emancipado/a y con residencia habitual en la Comunitat Valenciana (o residencia temporal por arraigo, en su caso).
- Necesidad de vivienda (no ser titular de vivienda adecuada, u otras circunstancias de necesidad previstas).
- Límites de ingresos: no superar 6,5 veces el IPREM (12 pagas), con ajustes y excepciones del decreto aplicable.
- Compromiso de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente.
Tramitación
- Para realizar la solicitud de forma telemática hay que identificarse con certificado digital (ACCV) o Cl@ve permanente.
- Cumplimentar la declaración responsable con los datos del representante y de todas las personas de la unidad de convivencia.
- Firmar y registrar electrónicamente la solicitud. La inscripción es inmediata y automática.
- Adjuntar, si procede, los impresos de autorización y la documentación que pueda requerirse para acreditar identidad, ingresos o situaciones de especial vulnerabilidad (familias numerosas, víctimas de violencia de género, discapacidad, etc). La Administración podrá verificar datos de oficio.







