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Entran en vigor las nuevas medidas COVID: qué se puede o no hacer y hasta cuándo

24 de mayo de 2021 - 16:01

Hoy han entrado en vigor las nuevas restricciones en la Comunitat Valenciana para evitar la propagación del coronavirus. Las medidas que fueron anunciadas el pasado sábado por el President de la Generalitat muestran un alivio en las restricciones que había activas, las cuales han ido aumentando la permisividad levemente desde el pasado mes de marzo.

Los óptimos datos de la evolución de la pandemia han hecho que las medidas sanitarias sean rebajadas y adaptadas a las situación actual.

Las nuevas medidas que estarán en vigor los próximos 15 días, concretamente desde hoy lunes, 24 de mayo y hasta el 7 de junio, son las siguientes:

Movilidad: Se permite circular fuera de la Comunitat Valenciana, del mismo modo que podrán venir a la comunidad desde otros puntos de España.

Toque de queda: La restricción a la movilidad nocturna se retrasa una hora, por lo que dará inicio a las 01:00 y se mantendrá hasta las 06:00. Sino hay cambio en el aumento de contagios, esta medida desaparecerá en 15 días.

Reuniones: Las reuniones en los espacios privados, tales como domicilios, están permitidas con un máximo de participantes de hasta 10 personas. En los espacios públicos al aire libre y es lugares cerrados habrá el mismo límite de participantes.

Comercios: Los comercios podrán utilizar su horario de actividad autorizado siempre que sea dentro de lo permitido por el toque de queda. Solo los establecimientos dedicados a la venta de primera necesidad cuya actividad normalmente se realiza también en horario nocturno (24 horas) podrán mantener el mismo, únicamente para la venta de dichos productos. El aforo del interior será del 75% por superficie o por planta.

Actividad deportiva y gimnasios: Se permite la actividad de los espacios interiores de los gimnasios para su uso con el 50% de aforo de su capacidad. Se permite el uso de vestuarios y duchas respetando la distancia mínima interpersonal, con un aforo máximo permitido de un 50% respecto al aforo ordinario.

Hostelería: Los bares y restaurantes podrán llevar a cabo su actividad en las terrazas con un 100% de su ocupación. Del mismo modo, también podrán hacer uso de sus espacios interiores al 50% de su capacidad. Los clientes deberán llevar en todo momento la mascarilla y solo quitársela para ingerir. Además, no se permiten más de 10 comensales por mesa. El horario de cierre se atrasa hasta las 00:30, media hora antes del inicio del toque de queda.

Actividades culturales: Cines, teatros, museos o auditorios tendrán un aforo del 75%.

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